Viviendas y residencias

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Margarita Alonso Guevara – Barcelona – 07/01/2008

¿Qué fórmula podríamos aplicar a nuestras políticas para que a las personas con diversidad funcional se nos pudiera facilitar el acceso a la vivienda igual que el acceso a las instituciones residenciales? Actualmente en España ya tenemos una ley que nos facilitará estar “cuidados/as” en residencias y en centros de día o de noche. Ahora nos falta una ley que nos facilite el acceso a la vivienda.

Nuestra realidad a estas alturas de campaña electoral ya se empieza a conocer. Véase el anuncio televisivo de la Ley de Dependencia con atención. Por fin empezamos a existir.

Necesitamos, de verdad, fórmulas que nos concedan hacer uso de alguno de nuestros derechos: derecho a tener una vivienda propia, derecho a la intimidad o derecho a vivir en pareja y/o formar familia. Porque somos seres humanos, porque no somos menos válidos/as, ni menos merecedores/as, porque tenemos necesidades, porque tenemos ganas de vivir y porque queremos formar parte activa de nuestra sociedad.

Yo propongo una fórmula a los señores promotores, al Ayuntamiento y a la Generalitat, una fórmula pensada desde la necesidad y desde la solidaridad: construyan un piso por cada plaza de residencia. Para acceder a una residencia te tienes que desprender del 75% de tus ingresos ¿verdad?; a cambio no te preocupas de pagar facturas, ni de hacer la compra alimentaria ¿verdad?

Pues utilicen esta fórmula a la inversa, por acceder a una vivienda propia cóbrennos el 25% de nuestros ingresos y a cambio nosotros/as nos pagamos las facturas y nos hacemos las compras. Es una idea, y podría ser un comienzo hacia la consecución de nuestra dignidad humana.

El Consell deberá reconocer las ayudas de la dependencia a diez mil solicitudes no resueltas

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Unos diez mil ciudadanos de los 33.000 de la Comunitat Valenciana que han solicitado las ayudas que establece la Ley 39/2006 de atención a las personas en situación de dependencia tienen ya garantizada la prestación al haber transcurrido seis meses desde que la solicitaron y no haber recibido respuesta de la Conselleria de Bienestar Social, ya que la ley de Procedimiento Administrativo contempla que el silencio administrativo ha de interpretarse como respuesta afirmativa de la Administración.

Pilar G. del Burgo, Valencia
No obstante, es el propio interesado -si ha transcurrido el plazo y no ha obtenido respuesta- quien debe dirigirse de nuevo por escrito a la Administración (ya sea la municipal o la autonómica) para exigir la resolución administrativa de su expediente que le acredite como merecedor de las ayudas. La Conselleria de Bienestar Social dispone entonces de un plazo de veinte días para contestar. De no hacerlo, el solicitante puede hacer uso de sus derechos y denunciar a la institución en el juzgado por haber incurrido en responsabilidad disciplinaria admininistrativa.

el ministro en un acto de presentación de la ley. Jesús Caldera con un grupo de personas dependientes. efe/b. rodriguez

Un centenar de peticiones.
Según ha podido saber Levante-EMV de fuentes próximas a la Administración, hasta el momento han sido ya un centenar los solicitantes que han exigido por escrito a la Administración la resolución de su expediente para hacer efectivo su derecho y poder cobrar las cantidades que se contemplan en la Ley de Dependencia, ya que una vez emitido el certificado que les acredita como dependientes el cobro de la ayuda es practicamente inmediato al registrarse automáticamente en la Seguridad Social, que es la que hace efectivo el pago.
Para esquivar que una vez transcurrido seis meses, el silencio administrativo se interprete como una respuesta afirmativa y evitar así una auténtica avalancha de peticiones de resolución, la Conselleria de Bienestar Social creó en la ley de Presupuestos de este año la figura contraria: “el silencio negativo”, para que los expedientes no resueltos en seis meses se consideren como denegados.
Sin embargo, ese principio afectará a las solicitudes presentadas a partir del 2 de enero de este año, pero no a las registradas durante los meses de abril, mayo y junio de 2007 que están sin resolver y que acumulan los seis meses de demora que garantiza la respuesta afirmativa de la Administración.
Otra ciudadana de Valencia, Joaquina Rivilla, de 46 años, que en el pasado mes de abril solicitó la ayuda para su madre Carlota Ortiz, de 76 años, se quejaba ayer en Levante-EMV de que todavía no había recibido respuesta, pese a que el equipo de valoración la había visitado a finales de octubre. “En Castilla-La Mancha, Cataluña y otras comunidades se cobra y aquí, no nos dicen nada”, agregó.